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Ciernen el mosquito y tragan el camello

“… no pueden disimularme ni aun aquellos que saben cubrirse con una apariencia dándose tono y echándoselas de sabios, cuyo nombre se arrogan como monas vestidas de púrpura o como asnos con piel de león, que no dejan de asomar por algún sitio las formidables orejas de Midas, por muy bien que se disfracen”

El Senado de la República determinó ampliar el periodo del Ministro Arturo Zaldívar como Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Eso ha desatado una oleada de críticas que denotan cierta frivolidad y en cierta medida, paranoia.

El artículo 96 de la Constitución Federal, dispone el procedimiento mediante el cual se nombra a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia. El procedimiento inicia con una terna que el Presidente presenta al Senado. Si el Senado no aprueba dentro del plazo de 30 días, el Presidente designa a cualquier persona que integre la terna citada. Si el Senado rechaza a la totalidad de integrantes de una terna, el Presidente debe someter a la voluntad del Senado, una nueva terna. Esta nueva terna puede estar integrada por las mismas personas. Si el Senado rechaza de nuevo a los integrantes de la terna, el Presidente designa a cualquiera de las personas de esa terna.

La Constitución, en su artículo 96, es la fuente de la potencia de las propuestas presidenciales en cuanto a la integración de la Suprema Corte. El Presidente puede hacer lo que le pegue la gana, constitucionalmente.

El Presidente es la clave para la integración de la Suprema Corte. El Senado, donde las siglas partidistas actúan conforme a sus propios intereses, también interviene en un proceso que tiene de todo, excepto el componente ciudadano o profesional. Eso no lo inventó el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.

Es en 1928, siendo Presidente de la República Plutarco Elías Calles, cuando la Ley Fundamental es reformada para depositar en la figura presidencial poderes que evidentemente son desproporcionados, dicho sea en el lenguaje de moda.

Unas semanas antes, Álvaro Obregón Salido (con parientes aquí en Tepic, por cierto) había frenado con su humanidad, las seis balas que le obsequió José de León Toral. Obregón se había reelecto como Presidente de México, pero eso y unos instantes de ingenuidad, le costaron la vida. Obregón, como vivió, murió. No puede ser de otra manera: el que a hierro mata, a hierro muere.

Ahí, entre sangre y fuego, se sientan las bases para lo que José Vasconcelos denomina el periodo del “pelelismo” y otros como Maximato. Tras el asesinato de Obregón, Calles “promueve” la designación de Emilio Portes Gil como interino al frente del Ejecutivo Federal.

Con la reforma al artículo 96 de la Carta Magna y con la sangre inicial de Obregón, Plutarco Elías Calles inicia un periodo que concluye con su expulsión del país, siendo presidente de México Lázaro Cárdenas del Río.

La reforma callista de 1928 fue aprobada, entre otros, por los diputados por Nayarit L. Romero Gallardo, Antíoco Rodríguez y Luis Frías como diputados, y por los Senadores del estado J. Espinosa Bávara y un tal José Ma. Aguilar. La inmensa mayoría de los nayaritas, naturalmente, no se enteraron que sus “representantes” habían modificado el Pacto Federal para conceder plenos poderes al Presidente de la República, en cuanto a la integración de la Suprema Corte. Sinceramente creo que los nayaritas de entonces, ni siquiera sabían quienes los representaban el en Congreso de la Unión.

La reforma callista sigue vigente y está cerca de celebrar sus primeros cien años. Esa reforma concebida y aprobada en un escenario sangriento, es la que está tras la integración del Poder Judicial, no solamente de la Suprema Corte.

El mismo Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no solamente ha reconocido la presencia de nepotismo y corrupción al seno del Poder Judicial de la Federación. Ha actuado contra ese nepotismo y contra la corrupción al seno de ese Poder. No obstante, la corrupción, el nepotismo y la endogamia institucionalizada, son nada ante la herencia callista.

Esa herencia callista sigue en pie, inmutable, porque fue visionaria de los intereses personales y de grupos. El Ejecutivo puede proponer y en última instancia, puede imponer. Posee la potencia constitucional. Solamente que los partidos, ahora, son parte de esas “negociaciones”. Negociaciones que se hacen haciendo a un lado al resto del país.

Hoy, se asustan algunos porque el Presidente apoya que un Ministro, el jurisperito Arturo Zaldívar, extienda su Presidencia por dos años más. Se escuchan protestas que se antojan farisaicas, frívolas o hueras, de plano. Ahí es donde parece que ciernen el mosquito y tragan el camello. Ahí es donde se percibe que las protestas son más bien posicionamientos contra el Presidente y contra la mayoría en el Senado, pero no razonamientos para modificar la esencia.

Cuando ciernen el mosquito, protestan contra lo aparente; cuando tragan el camello, dejan intacta la esencia. El que puede lo menos, puede lo más. Si el Presidente posee poderes plenipotenciarios para integrar la Suprema Corte, también puede apoyar que su Ministro presidente extienda el periodo de su encargo, por dos años más. Me refiero a la cita bíblica (Mateo 23:24) en laica lógica interpretativa.

El Presidente mete mano al Poder Judicial. Está obligado por la Constitución de la República. También los partidos están invitados a ese festín constitucional. Quizá ese es el problema: ¿quizá? Quizás no fueron invitados a esa fiesta, a la que constitucionalmente tienen derecho.

¿Cuántas ocasiones no hemos visto que la Constitución es burlada? En algunas ocasiones, la Ley de Leyes es marginada por omisión en la toma de decisiones, en otras, por acción.

En este caso, lo que procedería, eventualmente, sería echar abajo la reforma callista de 1928 y retomar la ruta de la construcción democrática. Esto procedería no solamente en el caso del Poder Judicial, al que meten mano tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo. También procede en todo ese universo en el que la sociedad ha sido defenestrada para privilegiar las negociaciones entre actores políticos.

El asunto es de extrema complejidad, pues la parte personal nunca se desligará de la institucional. El buen Popper sostiene que “El establecimiento de instituciones no sólo involucra importantes decisiones personales, sino que hasta el funcionamiento de las mejores instituciones, como las destinadas al control y equilibrio democráticos, habrá de depender siempre en grado considerable de las personas involucradas por las mismas. Las instituciones son como las naves, deben hallarse bien ideadas y tripuladas”. Esta tesis difiere en cierta medida con la tesis de don Daniel Cossío Villegas, que aludía al “estilo personal de gobernar”.

Aparentemente estamos ante un círculo vicioso. Las instituciones son débiles dada la concentración de poder político. El poder político se concentra indebidamente debido a que esa es la evidente voluntad de las personas que lo ostentan. A esto aluden las palabras del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista Encargado del Poder Ejecutivo de la Unión, pronunciadas en el Teatro Iturbide en la tarde del viernes primero de diciembre de 1916. Y Carranza fustiga asimismo la simulación en cuanto a la división de poderes. Cuestionó: “… la división sólo ha estado, por regla general, escrita en la ley, en abierta oposición con la realidad, en la que, de hecho, todos los poderes han estado ejercidos por una sola persona…”. En 1928, esa realidad retorna triunfalmente en un escenario devastado.

En 1928 no solamente es víctima Álvaro Obregón. La Constitución misma, en 1928 fue víctima en uno de sus mayores bienes jurídicos: la separación de poderes. En este caso, el Ejecutivo propone y si el Legislativo no dispone, el Ejecutivo propone y dispone. ¿Por qué entonces, deciden cernir el mosquito y tragar el camello?

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NOTA ROJA