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Por unanimidad Martín Pérez Valtierra aprobó examen profesional

El abogado presentó su tesis titulada Violación Infraganti del Derecho de Igualdad en el procedimiento abreviado

La tarde del sábado 30 de enero del año en curso,  el abogado Martín Pérez Valtierra, obtuvo su grado de maestro en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio,   especializado en Juicio Oral y  Medios Alternos en Solución de Conflictos.

Fueron  los miembros del Jurado de la Universidad UNIVER encabezados por su Presidente, Doctor Hugo Armando Palafox Ramírez, el Secretario, Norberto Gómez y el vocal, Carlos Rodríguez Robles, los encargados de  realizar el examen profesional al  ciudadano Martín Pérez Valtierra, quien a partir de esta fecha se ha titulado como Master en Sistema Penal Acusatorio con reconocimiento de validez oficial de estudios bajo la opción de titulación de tesis aprobada.

Es importante mencionar,  que el examen  de tesis se realizó en línea desde la oficina del abogado Pérez Valtierra aplicando todas las medidas de prevención emitidas por la Secretaría de Salud federal y estatal para  evitar cualquier riesgo de contagio de COVID-19.

Al termino del examen profesional de la  maestría de Juicios Orales del Sistema Penal Acusatorio en México, el abogado Martín Pérez Valtierra explicó el porqué de su tesis titulada  Violación Infraganti del Derecho de Igualdad en el procedimiento abreviado: “el procedimiento abreviado y el punto central de este tema es que solamente lo puede solicitar el Ministerio Público y desde la letra de la ley se le deniega tal derecho a las demás partes en el proceso como son; la víctima, como son la víctima o  el ofendido, como es el asesor jurídico y como es el defensor y esto le da un tinte inquisitorio al procedimiento abreviado en México y aunque se encuentra como protagonista del Sistema Penal Acusatorio y Oral en México tienen varias aristas que aún no han sido afinadas porque viola varios preceptos constitucionales, por ejemplo; el procedimiento abreviado uno de sus requisitos para que proceda es que el articulo 201 fracción tercera del código nacional de códigos penales establece que el inculpado reconozca, confiese prácticamente los hechos en materia de acusación del ministerio público y a cambio el ministerio público solicita pena reducida para el inculpado y esto viola el articulo 20 inciso B, fracción segunda de la Constitución Federal que establece que todo el detenido, todo el inculpado, tiene derecho a guardar silencio sin que el silencio pueda ser usado en su contra y esto es grave porque una ley secundaria se esta superponiendo, violando el precepto constitucional que es ley superior de acuerdo al articulo 133 de la constitución federal”.

Al mismo tiempo Pérez Valtierra añadió: “otra de las aristas que este procedimiento abreviado tiene y que no ha sido afinada es; el articulo 206 del código nacional citado establece que el juez de control no podrá imponer pena mayor o distinta a la solicitada al ministerio público y aceptada por el inculpado, esto viola nuevamente el artículo 21 de la constitución federal que en párrafo tercero establece que será exclusiva facultad del juez imponer la pena y modificar. Otra arista más del procedimiento abreviado que no ha sido afinada y que causa agravio a la sociedad mexicana es el articulo 207 del código nacional de códigos penales  que establece la opción del inculpado ejemplo; si son 10 inculpados y 5 de ellos confiesan los hechos materia de acusación del ministerio público y se sujeta al procedimiento abreviado para lograr pena reducida y 5 no se sujetan el procedimiento abreviado esto puede traer sentencias contradictorias porque los otros seguirán el procedimiento ordinario oral y ya la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha entrado en una confusión al respecto; en amparo directo 4491 del 2013 que fue resuelto en el 2019 en el cual establece que será el juez el que valore los elementos de convicción y decidirá sí se absuelve o no al acusado, esto ha  controvertido a los propios ministros de la Suprema Corte de la Nación porque se resolvió por mayoría y el ministro Cossío dio voto en contra, esto es; que algunos juristas sostienen que el procedimiento abreviado debido a esto se esta desnaturalizando porque cuando hay elementos de convicción para condenar a una persona se le permite sujetarse al procedimiento abreviado”.
    
Es importante mencionar que durante el examen profesional, estuvieron acompañando al abogado Martín Pérez Valtierra reconocidos abogados nayaritas y dicho examen profesional fue aprobado por unanimidad por los miembros del jurado de la UNIVER.

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