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México. Aprueba Cámara de Diputados Miscelánea Fiscal 2021

Sin crear nuevos impuestos y en lo general, las diputadas y diputados aprobaron reformar a las leyes del ISR, IVA y el Código Fiscal.

México. Aprueba Cámara de Diputados Miscelánea Fiscal 2021
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Julio Alejo
20 de octubre de 2020 · 03:17 p.m. · 2 min de lectura2 de julio de 2026 · 02:09 p.m.
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La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 291 votos a favor, 142 en contra y una abstención, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes del Impuesto Sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado, y del Código Fiscal de la Federación, conocida como Miscelánea Fiscal 2021.

Conforme lo aprobado, se realizaron adecuaciones normativas en el sentido de no crear nuevos impuestos, así como combatir frontalmente la corrupción y la impunidad, la evasión y elusión fiscales, incluyendo propuestas en materia de simplificación administrativa, seguridad jurídica, modernización, gestión tributaria y eficiencia recaudatoria, como ejes principales. 

Entre los cambios a dichos ordenamientos destacan eliminar los Programas Escuelas Empresa como donatarias autorizadas y establecer que todas las erogaciones que se efectúen, sin excepción, deben estar amparadas con comprobante fiscal digital por Internet y no ser consideradas como remanente distribuible.

El dictamen precisa que las donatarias autorizadas perderán su autorización en el caso de que obtengan la mayor parte de sus ingresos, más del 50 por ciento, de actividades no relacionadas con su objeto social.

También, establece un mecanismo de control efectivo del destino de los donativos. Se deroga la certificación del cumplimiento de obligaciones fiscales de transparencia y de evaluación de impacto social.

Destaca la obligación a las plataformas digitales de intermediación de realizar la retención del 100 por ciento del IVA cobrado, cuando presten sus servicios de intermediación a residentes en el extranjero sin establecimiento en México, ya sean personas físicas o morales, que proporcionen servicios digitales a personas ubicadas en el país.

Se libera a las plataformas digitales de intermediación que procesen los pagos que efectúen la retención de IVA dela obligación de proporcionar al SAT diversa información de los residentes en el extranjero, sin establecimiento en México, que presten servicios digitales, en cuyas operaciones hayan actuado como intermediarios.

Se crea un mecanismo de control para que cuando los contribuyentes prestadores de servicios digitales residentes en el extranjero, sin establecimiento en México, incurran en omisiones fiscales graves se pueda llevar a cabo el bloqueo de acceso a Internet de sus servicios.

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Julio Alejo

Periodista de investigación, redactor, fotógrafo y reportero. Productor de contenido multimedia e ingeniero en audio.
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