Nacional

Conceden amparo a empresa para cosechar cannabis

La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional el sistema de prohibiciones para la siembra, cultivo y cosecha de cannabis (en su variante cáñamo) en su variante con fines distintos a los médicos y científicos.

Conceden amparo a empresa para cosechar cannabis
julio-alejo
Julio Alejo
1 de diciembre de 2021 · 11:09 a.m. · 2 min de lectura2 de julio de 2026 · 02:09 p.m.
Texto

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo a una empresa al declarar inconstitucional el sistema de prohibiciones para la siembra, cultivo y cosecha de cannabis, en su variante cáñamo, con fines distintos a los médicos y científicos, previsto en la Ley General de Salud y en el Código Penal Federal.

Lo anterior, con motivo de la negativa de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) a otorgar la autorización a la quejosa para la siembra, cultivo y cosecha de cannabis (en su variante cáñamo) para la elaboración de productos derivados de la misma, siempre y cuando garantice que su producción contenga concentraciones iguales o menores al 1% de tetrahidrocannabinol (THC).

En su fallo, la Primera Sala, principalmente, resolvió conceder el amparo respecto del sistema de prohibiciones previsto en los artículos 235 Bis; 235, último párrafo; 245, fracción II, IV, V, segundo párrafo, y 247, último párrafo de la Ley General de Salud, así como en el numeral 198, último párrafo, del Código Penal Federal, en tanto que tales preceptos sólo permiten la expedición de autorizaciones, entre otros, para la siembra, cultivo y cosecha de cannabis con fines médicos y científicos y, por tanto, prohíbe su otorgamiento para otros objetivos, tales como los solicitados por la quejosa.

Al respecto determinó que las aludidas prohibiciones constituyen una medida innecesaria, toda vez que existen otras alternativas, como el monitoreo, seguridad y control de la siembra, cultivo y cosecha, que son igualmente idóneas para proteger la salud y el orden público, además de que dicho sistema también ocasiona una afectación desproporcionada a la libertad de comercio.

Por lo tanto, la Primera Sala concedió el amparo para el efecto de que la Cofepris otorgue a la quejosa la autorización para la siembra, cultivo y cosecha de cáñamo, siempre y cuando garantice que la planta produzca concentraciones iguales o menores al 1% de THC y bajo las condiciones de monitoreo, control y seguridad que la autoridad competente, en ejercicio de sus atribuciones técnicas, estime convenientes para proteger la salud y orden público.

Amparo en Revisión 355/2020. Ponente: Ministra Norma Lucía Piña Hernández. Resuelto en sesión del 1 de diciembre de 2021, por unanimidad de votos.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.
 

Publicidadresiduos
Temas relacionados:
Publicidadcancer de mama 2
En portada
Policías de Tepic levantan paro; habrá aumento salarial
Energía del día domingo, 1 de noviembre de 2026: el tonalì según Tonalí
Así cotiza el precio del dólar hoy domingo 1 de noviembre de 2026 en México
Llovizna en Tepic y tormenta en el sureste este domingo
Publicidadautoexploracion

Comentarios

0 publicados

Cargando comentarios...

Deja tu opinión

Los comentarios se revisan automáticamente.
julio-alejo
SOBRE EL AUTOR

Julio Alejo

Periodista de investigación, redactor, fotógrafo y reportero. Productor de contenido multimedia e ingeniero en audio.
Publicidadalmas eternas
Más noticias
Muere en prisión el caníbal de Atizapán
Lluvia intensa en Tepic este viernes; Tuxtla, la más calurosa
Lluvia fuerte en Culiacán y aguaceros en Tepic este jueves
Bugarín y coordinadores de la 4T se reúnen con Ignacio Mier
Publicidadalmas eternas
Más noticias
Muere en prisión el caníbal de Atizapán
Lluvia intensa en Tepic este viernes; Tuxtla, la más calurosa
Lluvia fuerte en Culiacán y aguaceros en Tepic este jueves
Bugarín y coordinadores de la 4T se reúnen con Ignacio Mier