Miles de adultos mayores que reciben pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) tendrán obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante 2026, según confirmó la autoridad tributaria.
La Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que las pensiones están exentas de impuestos únicamente hasta un límite equivalente a 15 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Para 2026, esto representa aproximadamente 53 mil pesos mensuales, lo que significa que los pensionados con ingresos por debajo de esta cantidad no deberán pagar ISR por ese concepto.
Los pensionados obligados a pagar impuestos incluyen a aquellos ex-trabajadores del IMSS o ISSSTE cuyas mensualidades superen los 53 mil pesos, jubilados que reciben doble pensión y cuyo monto conjunto rebasa el límite exento, y adultos mayores que mantienen ingresos adicionales como rentas de inmuebles, honorarios profesionales o dividendos empresariales.
Un error común entre los jubilados es considerar únicamente el dinero de la pensión, cuando el SAT considera ingresos acumulables conceptos como rentas de inmuebles, honorarios profesionales, actividades empresariales, intereses bancarios e inversiones. Cuando una persona pensionada combina su jubilación con alguno de estos ingresos, debe sumar todas sus percepciones para determinar si está obligada a presentar declaración anual.
En contraste, la Pensión del Bienestar para personas adultas mayores no genera ISR ni debe declararse ante el SAT. Este apoyo gubernamental está registrado en el Ramo 20 Bienestar del Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que se considera como ingreso no objeto de ISR. Según datos de la Secretaría del Bienestar, hasta el bimestre julio-agosto, más de 12 millones de personas adultas mayores se benefician de esta transferencia.
Los especialistas recomiendan que los pensionados verifiquen su situación fiscal a través del portal del SAT, utilizando herramientas como el visor de nómina y pensiones, la declaración anual precargada y el Buzón Tributario. Quienes no cumplan con sus obligaciones fiscales pueden enfrentar multas, recargos y procesos de revisión por parte de la autoridad tributaria.
Para reducir la carga fiscal, los jubilados pueden aprovechar deducciones personales como gastos médicos, servicios dentales, gastos hospitalarios, lentes graduados y gastos funerarios, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por el SAT.













