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Abren puerta al aborto legal por violación en México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo a una mujer chiapaneca que fue víctima de violación, y a quien las autoridades sanitarias se negaron practicarle la interrupción del embarazo.

Abren puerta al aborto legal por violación en México
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Julio Alejo
7 de julio de 2021 · 11:46 a.m. · 2 min de lectura2 de julio de 2026 · 02:09 p.m.
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Por primera vez en México se ha declarado como inconstitucional penalizar a mujeres víctimas de violación que abortan después de varios meses de embarazo.

Esto gracias a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concediera un amparo a una persona con parálisis cerebral severa, en condiciones de pobreza y marginación que fue víctima de violación cuando era menor de edad.

Producto de este hecho, la menor entró en periodo de gestación, sin embargo el director del Hospital General de Tapachula “Dr. Manuel Velasco”, en Chiapas, se negó a practicarle la interrupción del embarazo, esto bajo el argumento de que se habían superado los 90 días después de la concepción que se establecen en el artículo 181 del Código Penal del Estado de Chiapas.

Acción que la Primera Sala de la SCJN declaró como institucional, dejando en claro lo siguiente:

“La limitación temporal para la interrupción legal del embarazo producto de una violación constituye un acto de violencia contra la mujer que atenta contra sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la salud mental”.

Posteriormente, los Magistrados que resolvieron este amparo de forma unánime calificaron el actuar de las autoridades sanitarias como “un total desconocimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes, cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentida sino resultado de conductas arbitrarias y violentas”.

A la vez que lamentaron el accionar del Juez de Distrito que conoció inicialmente dicho amparo, ya que afirman:

“No valoró la dimensión de las particularidades de la víctima, por lo que no actuó conforme a los lineamientos y directrices relacionados con perspectiva de género”.

Finalmente, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó que la negativa por parte de las autoridades sanitarias del Hospital General de Tapachula debe ser considerada como una serie de violaciones graves a los derechos humanos de la víctima y de su madre. 

Hasta el momento en el país, solo las entidades de Ciudad de México y Oaxaca permiten legalmente la interrupción del embarazo, mientras que hace unos días el Estado de Hidalgo realizó una reforma para despenalizar dicha acción hasta las 12 semanas de gestación sin importar la causa.

Mientras que la mayor parte de los Estados también tiene avalada la práctica del aborto en casos de violación, y algunos más en causales por viabilidad del feto, salud de la madre o pobreza extrema.

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SOBRE EL AUTOR

Julio Alejo

Periodista de investigación, redactor, fotógrafo y reportero. Productor de contenido multimedia e ingeniero en audio.
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