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La SCJN discute proyecto para despenalizar el aborto en Veracruz

Este miércoles la Suprema Corte de Justicia discutirá si el Congreso de Veracruz incurrió o no en omisiones legislativas cuando se negó a reformar el Código Penal para despenalizar la interrupción del embarazo por cualquier causa antes de las 12 semanas, o en cualquier momento si es producto de una violación o una inseminación artificial no consentida. De ser aprobado, el fallo impactaría no solamente a la entidad, sino que allanaría el camino para otros estados.

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Este miércoles, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un proyecto por el que podría despenalizarse el aborto en Veracruz, por considerar que el castigo por acceder a este derecho atenta contra los derechos humanos de las mujeres.

De ser aprobado, el proyecto obligará al Congreso de Veracruz a modificar el Código Penal local a despenalizar la interrupción del embarazo ocurrida bajo cualquier circunstancia.

La discusión se deriva de un amparo otorgado por un juez federal de Xalapa, quien ordenó al Congreso veracruzano reformar el Código Penal local, con el objetivo de desaparecer la sanción impuesta.

El juez concedió el amparo basado en la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Agravio Comparado. En su declaratoria, el juez insta al Congreso local a reformar los artículos 149, 150 y 154.

El artículo 149 establece que una persona “comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo en cualquiera de sus etapas”.

Por otra parte, el artículo 150 menciona que a la mujer que se provoque o consienta que se le practique un aborto, se le sancionará con tratamiento en libertad consistente en la aplicación de medidas educativas y de salud.

Según el artículo 154 del Código Penal de Veracruz, el aborto no recibe castigo cuando es producto de circunstancias como: imprevisión de la mujer embarazada, violación o inseminación artificial no consentida de la gestante; siempre y cuando el proceso se realice dentro de los noventa días de gestación, cuando la mujer esté en peligro de muerte inminente y si el producto padece alguna malformación física o mental.

Ante la declaratoria del juez de Veracruz, la SCJN hizo alguna precisiones, como desvincular el fallo a la Declaratoria de la Alerta de Violencia de Género.

El proyecto para discutir la despenalización del aborto en Veracruz estuvo a cargo del ministro Juan Luís González Alcántara.

Sin embargo, los magistrados consideraron que el juez identificó correctamente la existencia de una omisión legislativa, que deberá subsanarse a la brevedad.

Por ello, se ofrecen alternativas de reforma a los artículos mencionados del Código Penal de Veracruz, a la vez que se ordena su inmediata modificación, debido a que estas normas son discriminatorias y constitutivas de violencia contra la mujer.

“La prohibición total de la interrupción del embarazo, vía tipificación penal, es una barrera que genera discriminación en contra de las mujeres en relación con el acceso al derecho a la salud”, se menciona en el proyecto.

De ser aprobado, por tres de cinco ministros, el proyecto abrirá la puerta a que organizaciones civiles lleven a juicio a los Códigos Penales estatales que aún contemplen sanciones en contra de mujeres que ejercen su derecho a interrumpir el embarazo, por considerar que son una violación a los derechos humanos. 

violeta

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