La polémica no se ha hecho esperar luego de que el gobierno federal y representantes del sector empresarial acordaron un plazo de tres meses para regular la subcontratación de empleados en empresas y que éstos pasen a formar parte de la nómina del patrón real, quedando prácticamente prohibido el esquema de outsourcing, que genera 4.7 millones de empleos bajo este controvertido modelo.
Hay que recordar que el outsourcing es un modelo que permite a las empresas contratar a otra para realizar partes del proceso productivo en las que no están especializadas, o para contratar servicios de apoyo a su producción.
La también llamada subcontratación se ha convertido en un tema polémico, ya que posiblemente se aprobará una nueva ley para regularla. El tema divide opiniones, por ello es interesante compartir opiniones de gente especializada, como Luis Felipe Munguía, presidente de la Conasami (Comisión Nacional de Salarios Mínimos), quien, desde su perspectiva, ofreció una amplia explicación de lo que se está buscando regular de manera legal en México.
“Por ejemplo, una empresa que ensambla automóviles puede subcontratar a una empresa de comida para que dé un servicio de cafetería a sus trabajadores.
En teoría, una empresa puede contratar a otra que esté sumamente especializada en una parte específica del proceso productivo, lo que se traduce en ganancias en productividad y reducciones en costos. Estos son argumentos a favor del modelo.
Sin embargo, en la práctica la evidencia empírica muestra que efectivamente reduce costos, pero debido principalmente a una precarización del nivel de ingreso de los trabajadores.
La evidencia también apunta a un aumento en la desigualdad en las industrias con mayor contenido de outsourcing (Egger, Pfaffermayr y Wolfmayr-Schnitzer (2001); Schmieder y Goldschmidt (2016)) y además reduce los salarios, prestaciones y la capacidad de negociación de los trabajadores (Anner (2011); Dube y Kaplan (2010); Geishecker y Görg (2008)). Por estos motivos, países como Alemania tienen regulaciones necesarias en esta materia. Si bien es cierto que el outsourcing incrementa la competitividad, se busca que no sea a costa de afectar el nivel de vida de los trabajadores.
En el caso de México, debido a la laxa regulación en esta materia, existen muchas irregularidades en el esquema que permiten abusos hacia los trabajadores, evasión de responsabilidades fiscales y violación de derechos laborales plasmados en la Ley Federal del Trabajo. Por ejemplo, existen casos de empresas que tienen solamente unos pocos trabajadores registrados como propios en el Seguro Social, y más de 90 por ciento de su nómina en la modalidad de outsourcing. Esto permite que las empresas no se hagan cargo de los derechos laborales de los trabajadores. Se utilizan estos esquemas para poder despedir trabajadores fácilmente, y para después recontratarlos; evitando así que el trabajador gane derechos de antigüedad.
Por otra parte, algunas empresas utilizan el mecanismo llamado insourcing, que es crear una empresa dependiente de la matriz con el objetivo de separar su proceso de producción. Con esto pueden mover a toda su nómina a esta nueva empresa donde declaran ganancias muy cercanas a cero, y así evaden repartir el 10 por ciento de sus utilidades, derecho laboral que está plasmado en la ley. Esto es posible porque todas sus ganancias son declaradas en la empresa matriz donde sólo están empleados altos directivos que no tienen derecho al reparto de utilidades. Utilizando datos de Censos Económicos 2019, se puede estimar que las empresas sólo repartieron en promedio 2.8 por ciento, con algunos sectores que apenas llegan a repartir 0.1 por ciento de sus utilidades.
La reforma a la Ley de Outsourcing tiene como objetivo reducir estas distorsiones que afectan a los trabajadores. Es falso que la ley ‘prohíbe’ el outsourcing por completo. En realidad, la posible modificación a ley permite que siga existiendo esta modalidad, pero sólo para actividades que no son esenciales para la empresa, como en el ejemplo de la industria armadora de automóviles; seguirá siendo perfectamente legal que contrate servicio de comedor y limpieza. Lo que no se va a permitir es que las empresas muevan toda su nómina a otra empresa para evadir sus responsabilidades como patrón.
Finalmente, quiero cerrar hablando del argumento que esgrimen algunos actores del sector empresarial. Si México regula el outsourcing “se perderá competitividad”. Tenemos que dejar de pensar en que nuestro país es una economía que para ser competitiva tiene que pagar salarios muy bajos, no se pueden respetar derechos laborales, no puede haber vacaciones, no debe haber aguinaldos, etcétera. El mundo ya cambió y nuestro país no puede seguir argumentando lo mismo que hace 30 años. Es verdad que regular el outsourcing incrementará los costos laborales, pero lo mismo ocurrió cuando se prohibió el trabajo infantil. Las empresas de aquellos tiempos también argumentaron que perderían competitividad por el incremento en sus costos. No siempre se trata de costos, a veces se trata de justicia, solidaridad y una vida digna para todos y todas”. (El Financiero).
Por otro lado, hay que decir que México es el cuarto país donde más personas trabajan vía subcontratación, según la Confederación Mundial de Empleadores (WEC, por sus siglas en inglés). Frente a la inminente segunda regulación de esta forma de empleo, Bettina Schaller, presidenta del organismo, advierte tres puntos a tomar en cuenta: la definición clara de los diferentes esquemas, el registro de empresas y el involucramiento de los sindicatos.
Como sector, estamos absolutamente a favor de la regulación de empresas privadas de empleo”, señaló en entrevista. Y totalmente en contra de las formas ilegales de outsourcing: “es inaceptable, no podemos permitir que ningún trabajador o trabajadora labore en situación precaria”. El “Reporte Económico 2021” de la confederación indica que antes de la pandemia de Covid-19 más de 61 millones de personas “fueron colocadas en el mercado laboral” por agencias en 40 países. El acceso al trabajo por agencias es una de las tres formas de subcontratación que la WEC toma en cuenta.
Estados Unidos es el país con mayor número de personas subcontratadas a través de ese esquema. En dicho país 16 millones de trabajadoras y trabajadores fueron contratados por agencias y no por las empresas en las que prestaron sus servicios.
China es el segundo lugar, con 11.7 millones. El tercer lugar es Japón que, con casi 4.8 millones no está muy alejado de México, que ocupa el cuarto sitio con casi 4.7 millones de trabajadoras y trabajadores bajo el modelo de terciarización.
Según el informe, en 2019 la industria de servicios de empleo tuvo un valor 495,000 millones de euros a nivel global, 5% más que en 2018. Las diferentes formas de subcontratación aportaron más de 396,000 millones de euros, el 80% del total. Sin embargo, para el primer semestre de 2020, la covid-19 bajó 18% las ganancias de todo el sector.
La subcontratación, bajo formas justas, puede ser “clave para volver al mundo del trabajo” en esta crisis por la pandemia, opina Bettina Scheller. Es también una manera de que la población joven acceda a su primer empleo o que las mujeres que así lo necesitan logren un contrato flexible, agrega. En los países en los que funciona bien esta modalidad hay un marco legal claramente definido, dice. Este modelo tiene “dos o tres formas de contrato”, según el país del que se hable.
Habrá que estar muy pendientes de este tema que el pleno de la Cámara de Diputados discutirá y votará el próximo martes 13 de abril.
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