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Bajo análisis foto de detenido con ojos tapados

Magistrados resuelven que imagen debe ser retirada y, en su caso, sería utilizada hasta que haya sentencia definitiva

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Un caso a propósito de la divulgación de la fotografía de un hombre que fue aprehendido en Nayarit, mereció ser estudiado por el Tercer Tribunal Colegiado del Centro Auxiliar de la Quinta Región, en Culiacán, Sinaloa.

Con el número del expediente auxiliar 610/2020, relacionado con el amparo en revisión penal 254/2021, el Tribunal Colegiado concedió la protección de la justicia federal al quejoso, quien reclamó la difusión de su fotografía en diversos medios, a pesar de no existir sentencia definitiva.

Un aspecto a destacar, según dice, es que aunque no se mencionen sus apellidos en la foto, se deduce fácilmente que se trata de él porque sólo son tapados los ojos con una línea negra.

Por lo tanto, consideró que se produjo un daño hacia su persona.

Al resolver el amparo en revisión por unanimidad de votos de tres magistrados, se explicó:

“En tal virtud, es dable concluir (…), que con la publicación de los datos personales (nombre, fotografía y situación jurídica) (…), la citada autoridad responsable (Jefe de Departamento de Difusión) infringió el principio de presunción de inocencia en su regla de trato extraprocesal (…), además del derecho a la intimidad y a la vida privada (…), al haber sido expuesto el quejoso en las publicaciones y difusiones de notas digitales y periodísticas, sin que exista sentencia condenatoria ejecutoriada.”

Agregó que, por lo tanto, se le concedió amparo para que el citado Jefe del Departamento de la Fiscalía General del Estado suprima lo publicado respecto al demandante, “y se abstenga de realizar cualquier tipo de publicación, difusión de notas digitales y periodísticas, de la información relativa a datos personales del quejoso y su situación jurídica, así como la difusión de su fotografía en medios digitales, hasta en tanto se decrete sentencia condenatoria firme en el proceso penal que se instauró en su contra, de conformidad con el principio de presunción de inocencia y con los derechos a la intimidad y privacidad que ostenta el quejoso.”

El juicio resulta de interés puesto que en todo el país se divulgan fotografías con una línea negra en los ojos de quienes presuntamente cometieron delitos, pero que, como lo marcó el quejoso, resultan fácil de identificar por sus conocidos.

Quizás el primer paso en las instancias de seguridad sería distorsionar en mayor medida las caras de quienes son detenidos.

violeta

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