Eneyda Lizeth Cárdenas Zarate delegada del Registro Agrario Nacional en Nayarit sostuvo diálogo la mañana de este miercoles con el foro de abogados, para darles a conocer más sobre la transmisión de derechos de ejidos regularizados y no regularizados.
“Vamos a charlar de algunos temas en los que los abogados de este foro tienen algunas inquietudes, vamos a abordar el tema de la transmisión de derechos, el trámite que se lleva a acabo en el Registro Agrario, los requisitos, todo en cuestión de este tema en la vertiente de transmisión por sucesión y transmisión a través de resolución del Tribunal Agrario”.
La delegada dijo que para realizar los tramites se requiere que los sucesores presenten el acta de defunción, la apertura del sobre, documentos generales y certificados del titular.
“El principal requisito es el acta de defunción que acredite que la persona titular de derechos ya está finada, el segundo requisito sí es a través de sucesión por depósito de sucesores pues es a través de la apertura del sobre, junto con los documentos generales de la persona que es la sucesora junto con los certificados que en un momento dado tenia el titular que serán cancelados y se dan unos nuevos, la otra vertiente es su testamento ante un notario o cuando no realizó depósito de sucesores y es el tribunal Agrario quien determina quien es el sucesor atendiendo lo señalado en el artículo 18 en la ley agraria.
Mencionó que las transmisiones se dan cuando el titular de derechos agrarios acude con un notario a realizar su testamento, al RAN a realizar el depósito de sucesores o en su caso cuando no hubo ninguna de las anteriores será el Tribunal Agrario quien lo determine, la titular señaló que en cuestión de transmisiones el principal problema que se registra en las familias nayaritas es porque el titular no deja estipulados a sus sucesores de ahí que haya múltiples conflictos familiares.