La Secretaría de la Función Pública (SFP) informa que fue confirmada la sanción de inhabilitación por 10 años y multa de 158 millones 662 mil pesos impuesta a una persona ex servidora pública de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) que, al incurrir en irregularidades administrativas, ocasionó un daño patrimonial por esa cantidad.
Dicho ex funcionario es Francisco Javier Báez Álvarez, exdirector General de Programación y Presupuestación de la SEDATU bajo las órdenes de Rosario Robles Berlanga, quien hoy se encuentra en prisión por su relación al caso de la “Estafa Maestra”.
Posteriormente, la SFP señala en su comunicado lo siguiente:
A partir de los trabajos del Órgano Interno de Control (OIC) en la Sedatu para defender la legalidad de la resolución, la sanción fue confirmada cuando un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa emitió una ejecutoria y sobreseyó el juicio de amparo que la persona ex servidora pública había interpuesto. Previamente, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) también resolvió confirmar la inhabilitación y la multa, al resolver la demanda de nulidad solicitada.
El OIC en la Sedatu inició la investigación como resultado de una observación del órgano auditor superior; sin embargo, durante las indagatorias se hallaron diversas irregularidades, por las cuales determinó imponer la sanción en 2018, tras acreditar que la persona omitió en 2015 cumplir con sus responsabilidades como encargada de la entonces Dirección General de Programación y Presupuestación de esa dependencia, al no dar de baja su usuario en un sistema de adecuaciones presupuestales, originando el uso indebido del mismo.
La omisión de la persona servidora pública permitió que indebidamente se solicitara una ampliación de recursos por más de 158 millones de pesos (mdp) supuestamente para otorgar subsidios adicionales y atender de manera inmediata a los beneficiarios del Programa de Vivienda Rural que maneja el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (Fonhapo); no obstante, dicha ampliación fue ilegal y se omitió acreditar su uso y destino.
Tales conductas constituyen faltas administrativas según lo establece la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Conforme a sus atribuciones, la SFP vigila y fiscaliza el funcionamiento y desempeño de las entidades y dependencias de la Administración Pública Federal (APF) y el personal que la conforman, e impulsa los valores que orientan la actuación en el servicio público y constituyen los pilares de la ética pública.
Con este tipo de acciones de defensa de la legalidad, la SFP busca inhibir las conductas que pudieran representar riesgos de corrupción, combatir la impunidad, resarcir el daño patrimonial ocasionado al erario y prevenir un mal ejercicio de la función pública.
En este caso, el OIC en Sedatu ya notificó de la resolución al Servicio de Administración Tributaria (SAT), para la ejecución del crédito fiscal. La SFP, en cumplimiento al debido proceso, es respetuosa de los mecanismos de defensa a que tienen derecho todas las persona