Entre los alcances que tiene el juicio de amparo en beneficio de la salud, y en los últimos tiempos respecto al Covid-19, la semana pasada se presentó un juicio singular en que familiares de una persona que se contagió del virus consideran que hospital en que fue internado ha sido omiso en proporcionar la alimentación que necesita.
A través del expediente 901/2021 del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Civil y Administrativo, se especificó que el paciente del sexo masculino se encuentra internado en un hospital del municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.
En razón de la demanda, el Juzgado de Distrito concedió una suspensión de plano “para el efecto de que las autoridades responsables (…) de manera correcta, pronta, oportuna y con la urgencia que amerita el caso, le sean proporcionado alimentos nutritivos, suficientes y de calidad, mismos que deberán ser los adecuados y prescritos por los médicos encargados o especializados de los enfermos de COVID-19, los cuales no deben ser contraproducentes en la salud del quejoso (…)
“Asimismo, en caso de que las autoridades responsables no cuenten con los medios necesarios para brindar la adecuada alimentación al quejoso, deberán contactar a los familiares a fin de que estos proporcionen los alimentos que estimen dichas autoridades; esto es, que sean los adecuados y que se encuentren prescritos por los médicos encargados o especializados de los enfermos de COVID-19, los cuales no deben ser contraproducentes a la salud del quejoso, dado que lo que se pretende es proteger, promover y restaurar la salud del hoy quejoso, toda vez que los representantes en el escrito de demanda refieren contar con los recursos necesarios para su compra.”
En respuesta a lo anterior, un funcionario vinculado al nosocomio informó al juez federal que se han realizado los trámites para “proporcionar los alimentos nutritivos, suficientes y de calidad, adecuados y prescritos por los médicos encargados o especializados de los enfermos de COVID-19.”