Tepic.- Protección y mayores garantías a las mujeres violentadas en el seno familiar aprobaron las diputadas y diputados al reformar y adicionar diversos artículos del Código Penal en materia de atentados al pudor, estupro, violación equiparada, hostigamiento o acoso sexual, lesiones a mujeres con sustancias corrosivas.
Estas reformas al Código Penal regulan el acoso en vehículos destinados al transporte público o de transporte privado solicitado a través de una aplicación móvil; quien cometa este delito se le impondrá una pena de dos a siete años de prisión y multa de 20 a 100 Unidades de Medida y Actualización diarias, que equivale de mil 792 hasta casi 9 mil pesos.
Por otro lado, al delito de estupro también se le hicieron adecuaciones, particularmente en la edad de las víctimas, estableciendo que comete dicho delito quien tenga coito con una persona mayor de quince y menor de dieciocho años, y en el caso de violación equiparada cuando se tenga cópula con persona menor de quince años, así como con persona privada de razón o de sentido, o cuando por enfermedad o por cualquiera otra causa no pueda resistir.
Una más de las reformas previstas en el dictamen aprobado es el incremento de la pena privativa de libertad por el delito de maltrato animal, que será entre un rango de seis meses a cinco años de prisión, ello para fortalecer la protección de los animales y evitar comportamientos de maltrato o crueldad animal.
Finalmente, una de las adiciones al Código Penal contempla el delito de lesiones a mujeres o a cualquier persona derivado de su preferencia sexual, empleando ácidos, sustancias corrosivas o inflamables, estableciendo una pena de cuatro a doce años de prisión y multa de cien a doscientos días.
Las iniciativas que lograron consolidar las reformas aprobadas derivaron de las propuestas presentadas por las diputadas Maríafernanda Belloso Cayeros, Érika Leticia Jiménez Aldaco, la legisladora con licencia Marisol Sánchez Navarro y los diputados Rodolfo Pedroza Ramírez y Adán Zamora Romero