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PARIDAD DE GENERO EN NAYARIT

Presidenta del observatorio de la Participación Política de las Mujeres en Nayarit y Magistrada del Tribunal Electoral de Nayarit

La violencia contra las mujeres no solo se encuentra constituida por feminicidios, desapariciones, secuestros, violaciones, vejaciones o cualquier otra manifestación física o psicología en su contra, también existe violencia, cuando una vez adquirido un derecho, este no se encuentra materializado en hechos reales y tangibles.

El principio Constitucional de Paridad tiene como finalidad la igualdad sustantiva entre los sexos, y nuestro país en cumplimiento a los compromisos internacionales adoptados establece la obligación de salvaguardar este principio con el objeto de que los derechos político electorales de las y los ciudadanos se ejerzan en condiciones de igualdad, pero además ello no solo se ciñe al acceso de cargos de elección popular, sino a ocupar espacios públicos a nivel federal, estatal y municipal, así como en los poderes que los componen.

De manera particular, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, en su artículo 69, fracción XII, establece que:

Art. 69.- Son facultades y obligaciones del Gobernador:

Fracción XII, nombrar y remover libremente a los titulares de las dependencias señaladas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y a los demás servidores públicos cuyo nombramiento no este encomendado a otras autoridades, observando el principio de paridad de género.

Por su parte la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, señala en su artículo 13 que:

Corresponde al Gobernador del Estado nombrar y remover libremente a los titulares de las dependencias y de las entidades; y previo acuerdo con él, los niveles siguientes de confianza podrán ser nombrados por dichos titulares y en ambos casos se garantizará el Principio de paridad de género.

En sentido estricto la reforma que entró en vigor el 19 de septiembre de 2021, obliga al Gobernador Constitucional de Nayarit, Doctor Miguel Ángel Navarro Quintero, a designar a los titulares de las dependencias y de las entidades, entiéndase por estos últimos los correspondientes a los Organismos Públicos descentralizados, por lo que deberá cumplir con el principio de paridad de género, lo que nos hace suponer que las designaciones que se realicen en los organismos descentralizados sean mayoritariamente para mujeres y alcanzar la aplicación material de las reformas paritarias.

No existe duda alguna que el Gobernador del Estado, habrá de cumplir sus compromisos no solo de campaña sino constitucionales, para lo que estaremos atentas en el Observatorio de Participación Política de las Mujeres y en los diferentes frentes de colectivas y grupos pro derechos de las mujeres para manifestarnos hasta ver cumplida la ley.

Juntas construimos una revolución de cambio.

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NOTA ROJA